Cuando se habla de que “vuelve” el Kit Digital se mezclan al menos cuatro posibilidades: una convocatoria para nuevas solicitudes, una nueva propuesta para expedientes anteriores sin crédito, una prórroga de un plazo operativo y una ampliación del bono. Cada una necesita un acto distinto y afecta a personas diferentes.
Reapertura o nueva convocatoria
Permitiría presentar solicitudes durante un periodo definido. Necesita una publicación que identifique beneficiarios, presupuesto, fechas y procedimiento. La modificación de las bases de enero de 2026 no abre por sí sola ese canal.
Nuevas propuestas por fondos sin asignar
Este mecanismo mira hacia expedientes ya presentados. El artículo 28.8 permite nuevas propuestas definitivas para solicitudes que no fueron concedidas por agotamiento del crédito. No equivale a abrir el formulario al público ni exige necesariamente que el solicitante empiece desde cero.
Prórroga
Una prórroga alarga un plazo concreto: solicitud, firma de acuerdos, ejecución, justificación u otra actuación. Que el marco general del programa siga aplicándose hasta el cierre de los expedientes no amplía automáticamente cada plazo individual. Debes encontrar la resolución que modifica el plazo que te afecta.
Ampliación del bono
Una ampliación cambia el importe o las posibilidades de un bono ya concedido bajo las condiciones publicadas. No es lo mismo que ampliar el presupuesto global de una convocatoria ni que reinvertir remanentes. La ampliación histórica del Segmento III cerró con su convocatoria y no debe presentarse como disponible hoy.
Pregunta correcta
¿Qué documento cambia mi plazo, mi importe o el estado de mi expediente?
Pregunta insuficiente
¿Ha vuelto el Kit Digital? Sin concretar el mecanismo, la respuesta puede llevarte a actuar mal.
Mapa rápido por situación
- Nunca solicitaste: necesitas una convocatoria con plazo abierto.
- Te quedaste sin crédito: vigila nuevas propuestas relativas a tu convocatoria.
- Tienes bono concedido: revisa acuerdos, saldo y plazos de tu resolución.
- Estás justificando: solo una modificación expresa del plazo cambia tu fecha límite.
Situación comprobada el 9 de agosto de 2026: las convocatorias anteriores figuran como finalizadas. La Orden TDF/39/2026 mantiene mecanismos para remanentes, pero no publica una fecha general de reapertura.
Cómo evitar decisiones equivocadas
Anota tu número de expediente, convocatoria, estado y próxima fecha límite. Después relaciona cualquier noticia con uno de esos cuatro elementos. Si el anuncio no identifica el documento que cambia tu situación, considéralo información pendiente de confirmar.
Puedes consultar nuestras páginas sobre prórrogas, ampliación del bono y el caso de quien nunca presentó una solicitud.
Fuentes oficiales consultadas
Un aviso distinto para cada expediente
Selecciona tu situación y evita recibir alertas que no cambian nada en tu caso.
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