La Orden TDF/39/2026 modificó el artículo 28.8 de las bases del Kit Digital. Cuando una convocatoria ya ha sido resuelta, publicada y notificada, y quedan fondos sin asignar, el órgano instructor debe formular nuevas propuestas definitivas para ciertos solicitantes anteriores.
La condición central: la solicitud no pudo ser concedida por agotamiento del crédito disponible cuando fue tramitada. Una inadmisión, un desistimiento o una denegación por requisitos no se transforma automáticamente en concesión.
Paso 1: ¿presentaste una solicitud en esa convocatoria?
Si nunca presentaste, el artículo 28.8 no crea una lista nueva para apuntarse. El texto se dirige a solicitantes cuyos expedientes ya fueron tramitados. Para una nueva solicitud sería necesaria una convocatoria abierta o una reapertura formal del plazo.
Sí
Pasa al estado de la convocatoria y a tu resolución.
No
Vigila nuevas convocatorias; este mecanismo no sustituye una solicitud.
Paso 2: ¿la convocatoria está resuelta, publicada y notificada?
El mecanismo actúa después de la resolución. No es una ampliación informal de una convocatoria abierta ni una prórroga del formulario. Comprueba la página oficial de la convocatoria y las notificaciones de tu expediente.
Paso 3: ¿existen fondos sin asignar?
Los remanentes pueden surgir porque parte del presupuesto no llegó a asignarse o volvió a estar disponible. La orden de 2026 también establece que Red.es reinvierta los remanentes presupuestarios no ejecutados en actividades del Programa Kit Digital, incluso después de 2026.
Pero una noticia sobre remanentes generales no acredita saldo en tu convocatoria. Debe existir disponibilidad que permita formular propuestas adicionales dentro del marco aplicable.
Paso 4: ¿qué dice exactamente tu motivo?
Abre la resolución o propuesta donde aparece tu expediente. No lo resumas todo como “denegada”. Busca la expresión jurídica que explica el resultado.
Falta de crédito
Puede encajar si la solicitud cumplía y no se concedió porque el crédito estaba agotado al tramitarse.
Otro motivo
No entra automáticamente en el artículo 28.8. Revisa su vía propia de subsanación o recurso.
Paso 5: ¿el expediente seguía cumpliendo?
El artículo identifica a quienes no recibieron ayuda por agotamiento de crédito; no elimina los demás requisitos. Si hubo un incumplimiento, una renuncia, un desistimiento o una causa de inadmisión, el análisis cambia. La propuesta adicional no corrige por sí sola documentación ausente ni reabre un recurso vencido.
Paso 6: ¿has recibido una nueva notificación?
No des por concedida la ayuda al superar el árbol. La Administración debe formular y tramitar nuevas propuestas definitivas y notificarlas. El remanente puede ser insuficiente para todos los expedientes potencialmente afectados.
Revisa la carpeta de notificaciones de la Sede de Red.es y conserva cada justificante de acceso. Mantén actualizados los datos de contacto vinculados al expediente.
Resultado del árbol
- Encaje probable: solicitaste, la convocatoria está resuelta, quedaron fondos, y tu expediente no fue concedido únicamente por agotamiento del crédito.
- Encaje no acreditado: desconoces el motivo o no tienes el documento. Descárgalo antes de sacar conclusiones.
- No encaja automáticamente: nunca solicitaste o el resultado fue por requisitos, inadmisión, desistimiento o renuncia.
- Concesión confirmada: solo cuando recibes la resolución o notificación oficial correspondiente.
Qué documentos reunir
- Justificante de registro de la solicitud.
- Propuestas y resoluciones donde figura el expediente.
- Notificaciones de subsanación y respuestas presentadas.
- Recursos o alegaciones, si existieron.
- Captura o justificante del estado actual en la Sede.
Lo que este mecanismo no confirma
- Una fecha concreta de pago o concesión.
- Fondos suficientes para todas las solicitudes.
- Una convocatoria abierta para nuevos interesados.
- La recuperación de expedientes rechazados por otras causas.
- Un bono automático sin nueva propuesta y notificación.
Si el motivo no está claro
Formula una consulta por el canal oficial indicando código de convocatoria y expediente, sin publicar datos personales. Si el documento mezcla varias causas o existe un recurso en curso, busca asesoramiento profesional sobre ese expediente concreto.
Qué significa «fondos sin asignar» en este contexto
No es una bolsa pública en la que cualquier empresa pueda apuntarse. El artículo 28.8 describe disponibilidad dentro de una convocatoria ya resuelta y obliga a formular nuevas propuestas para un grupo definido de solicitudes anteriores. La cantidad, el origen contable y el momento en que puede aplicarse dependen de la gestión del programa.
Tampoco debe confundirse con el presupuesto total no ejecutado del Kit Digital. El artículo 6.3 obliga a reinvertir ese presupuesto dentro de las actividades del programa, pero hace falta un acto que concrete su destino. Para tu expediente importa que existan fondos aplicables a la convocatoria original y una propuesta o resolución que lo refleje.
Por eso no es fiable dividir una cifra anunciada entre el importe máximo de un bono. Puede haber distintos segmentos, cuantías, expedientes y compromisos. Espera a las publicaciones de Red.es para saber qué solicitudes se proponen.
Cómo completar el árbol con documentos, no recuerdos
- Empieza con el justificante de registro y confirma convocatoria y segmento.
- Descarga la última resolución que incluya tu expediente.
- Anota anexo, página y motivo literal, incluida su leyenda.
- Revisa si hubo subsanaciones, recursos o desistimientos posteriores.
- Consulta la ficha del procedimiento y Mis notificaciones.
- Actualiza el diagnóstico solo cuando exista otro acto oficial.
Si no encuentras el número, comprueba documentos anteriores y posteriores del mismo procedimiento. No busques únicamente por razón social. Las relaciones pueden mostrar identificadores y datos parcialmente ocultos.
Qué ocurre después de una propuesta adicional
La propuesta definitiva identifica expedientes y cuantías que el instructor eleva al órgano competente. Aunque la palabra «definitiva» resulte contundente, el artículo 28.6 indica que no crea derecho mientras no se notifique la resolución de concesión. Revisa la propuesta, pero no contabilices ni comprometas el bono todavía.
Después debe publicarse o notificarse la resolución correspondiente. Solo entonces se examinan los plazos y obligaciones aplicables al bono. Si aparece un requerimiento intermedio, responde por el trámite oficial y conserva justificante.
Casos que suelen confundirse
Caso A: una solicitud cumplía, pero su anexo indica falta de crédito. Puede encajar, aunque aún necesita aparecer en una propuesta. Caso B: la empresa no atendió una subsanación y fue declarada desistida. Los fondos no revierten ese resultado por sí solos.
Caso C: la empresa nunca solicitó y rellena ahora un formulario comercial. No entra en el artículo 28.8. Caso D: existe un recurso sobre el motivo. Debe seguir su propia tramitación y conviene revisar profesionalmente cómo se relaciona con cualquier acto nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Estar en el árbol significa que recibiré bono?
No. El árbol identifica un posible encaje. Faltan fondos suficientes, propuesta, resolución y notificación.
¿Debo actualizar datos aunque no haya notificación?
Mantén accesibles los canales y documentación, pero no inventes un trámite. Comunica cambios únicamente por las vías y obligaciones aplicables al expediente.
¿Hay una reapertura general a 12 de agosto de 2026?
No consta. Red.es muestra cerradas las cinco convocatorias históricas y Acelera Pyme las presenta como finalizadas.
¿Dónde aparecerá el movimiento?
En la ficha del procedimiento, las resoluciones publicadas y las notificaciones del expediente. Un correo es un aviso, no la única prueba.
Plan de seguimiento de 15 minutos
Abre una vez por revisión la ficha del procedimiento y Mis notificaciones. Comprueba si existe un documento posterior al último que archivaste. Si no hay cambios, registra fecha y termina; consultar redes o repetir búsquedas no añade seguridad. Si hay novedades, descarga el original, verifica el expediente y actualiza la cronología.
Configura dos responsables cuando sea posible: titular y persona de respaldo. Ambos deben saber dónde están los justificantes, pero solo deben acceder quienes estén autorizados. Si actuó un representante que ya no trabaja contigo, revisa contactos y representación por el cauce oficial.
El seguimiento debe aumentar cuando exista una propuesta o notificación, porque pueden empezar plazos. Antes de eso, una revisión periódica razonable evita ansiedad sin perder trazabilidad. No existe un calendario general que garantice cuándo se publicará otra tanda.
Qué datos pueden haber cambiado desde la solicitud
Entre una solicitud antigua y una propuesta adicional pueden cambiar plantilla, actividad, representante, deudas, forma jurídica o situación de la empresa. El artículo 28.8 no explica por sí solo cómo afecta cada cambio. No ocultes información ni asumas que se vuelve a comprobar todo en la misma fecha.
Conserva documentos de la situación original y actual. Si llega un requerimiento, responde a lo pedido; si el cambio puede afectar a la elegibilidad o al NIF, pide orientación a Red.es o asesoramiento profesional. Evita enviar información preventiva a direcciones no verificadas.
Lista final antes de concluir que encajas
- Tengo solicitud y justificante de esa convocatoria.
- La convocatoria está resuelta y notificada.
- Mi expediente figura con agotamiento de crédito.
- No estoy confundiendo el resultado con desistimiento o requisitos.
- He comprobado nuevas propuestas y notificaciones oficiales.
- Sé que el encaje no garantiza concesión ni fecha.
Para comprobar los pasos descritos: BOE: Orden TDF/39/2026, artículos 6.3 y 28.8. · BOE: bases reguladoras consolidadas del Kit Digital. · Sede de Red.es: acceso a expedientes y notificaciones. · Red.es: cronología oficial de convocatorias.
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